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miércoles, 2 de agosto de 2017

kathe Martínez y las violencias que dejamos pasar.

Kathe Martínez, recientemente conocida por medio de un video que circula en las redes sociales en donde se registra un hecho ocurrido en una estación de Policía de la ciudad de Cali, es una víctima de violencia de género.

La información y el registro de los hechos en el video dan cuenta sobre traslado de Kathe Martínez a la estación de Policía producto de un procedimiento nocturno, y quien se encontraba, tal como se puede deducir igualmente en el video, en un elevado estado de alicoramiento.

Allí, en presencia de la autoridad que asume posición de garante, al menos en el deber ser, es incitada a quitarse la ropa y bailar mientras está esposada a una ventana, para disfrute de los agentes del orden y otros hombres que se encontraban retenidos en el lugar y quienes acompañaban con gritos y expresiones cada acción de la mujer.

La escena ya en esencia degradante, para lo cual me tomaré las siguientes líneas, fue luego justificada por el supuesto “oficio” de Kathe Martínez a partir otro video en el que se encuentra bailando con poca ropa al interior de un establecimiento nocturno, y que por lo tanto esto no es más que un intento por llamar la atención y lograr fama, incluso para favorecer el mencionado “oficio”.

No es el objetivo de esta entrada abordar el debate sobre si las actividades de contenido sexual a cambio de dinero son o no consideradas un trabajo, lo que actualmente se encuentra en pleno debate entre abolicionistas y reglamentaristas a raíz de una serie de fallos de altas Cortes. Lo que pretendo  plantear es por qué este acto ocurrido en una estación de Policía constituye una violencia basada en género.

Para el fin propuesto me fundamento en la revisión de algunos factores  que procedo de manera sencilla a plantear a continuación, y que solamente buscan exponer la forma en que hemos normalizado la violencia contra la mujer, al punto de justificarla, ignorando elementos contundentes en hechos como el que motiva estas palabras.

Lo primero a lo que quiero hacer mención, y que se debe leer de manera transversal a los demás factores, es el hecho de ocurrir con ocasión y en el contexto de una cosificación del cuerpo de la mujer para el goce y diversión de un grupo de hombres. Esto no dirá mucho para quienes aún encuentran el hecho justificado y sin importancia, y por ello procedo a presentar los otros elementos que encuentro relevantes.

1. El estado de alicoramiento. Se trató de una persona, en este caso mujer, que se encontraba con la alteración de sus sentidos producto del consumo de licor en esa noche. Alteración que podría nublar la autonomía, esta última entendida como un derecho garantía consistente en la capacidad de reflexionar sobre los actos y tener la garantía de exteriorizar las decisiones, y por lo tanto configurando el abuso de una condición de vulnerabilidad por parte de quienes incitaron los hechos bajo discusión.

2. Abuso de poder. No solamente los hechos ocurrieron en un entorno dominado por hombres (policías y detenidos), sino que además se trataba de un espacio dominado por hombres con figura de poder y autoridad, los cuales además de estar armados, por su naturaleza misma se encuentran frente a civiles en una relación inequitativa de poder en desventaja de éstos últimos.

3. El uso de la fuerza/violencia. La violencia y la fuerza se configuran por el hecho de encontrarse esposada a una reja limitando la movilidad que en lectura conjunta con los demás elementos se entiende como una coacción para lograr un cometido dentro del contexto y la situación aquí referida.

En este sentido, se está frente a una situación en la que se obtuvo provecho de una situación de vulnerabilidad producto del alicoramiento de la mujer,  por quienes se encontraban en relación de poder y autoridad de ésta y ejerciendo una coacción materializada a través de unas esposas que la tuvieron en condición de sumisión, a fin de lograr un espectáculo basado en la cosificación del cuerpo femenino destinado a conseguir placer de hombres, desconociendo precisamente el deber de protección y garantía de derechos, especialmente de quienes se encuentran en condición de vulnerabilidad.


Será competencia de las autoridades determinar las responsabilidades penales y disciplinarias por estos hechos si a bien lo tienen, pero desde una perspectiva ética y hasta política, no podemos desconocer que con estos elementos los hechos descritos permiten concluir que fue un acto de agresión a la dignidad y una violencia basada en género el cual demanda de la sociedad el mayor rechazo y no ser minimizado. De hacerlo, seguiremos perpetuando la violencia basada en género en sus formas más atroces, en el mismo discurso que sigue sin condenar la trata de personas.

martes, 4 de octubre de 2016

Quiero creer. Sobre el plebiscito y el futuro nacional



Los resultados del plebiscito realizado el 2 de octubre han dado lugar a una serie de análisis y comentarios sobre el futuro de las negociaciones con las FARC, la legitimidad del gobierno nacional, el papel del uribismo luego del triunfo del No que lideraron, e incluso sobre el histórico problema de la abstención en Colombia que ha revivido el debate en torno a la obligatoriedad del voto.

En principio debo decir que siempre me incliné por la postura que desde una perspectiva pragmática sostenía que la refrendación jurídicamente no era necesaria, si bien muchos, incluso del sector del Sí, manifestaron que era una forma de garantizar legitimidad para su sostenibilidad en la implementación, lo cierto es que constitucionalmente el presidente tiene la facultad de firmar ese tipo de acuerdos y no haber esperado que en un país con tan poca solidez en materia de comportamiento democrático, fuera quien decidiera si terminaba la guerra al menos con uno de los actores.

Y es precisamente el fruto de años de odio, rencor y politiquería mediocre que pesaron mucho en el resultado del plebiscito. De un lado, dejamos unos acuerdos técnicos - tal vez demasiado - imperfectos pero integrales, en manos de una clase política rancia y desprestigiada a nivel nacional, alejada de las regiones, mientras muchos de quienes lideraron el No se aprovecharon de las emociones colectivas como el temor y el rencor, así como de la desinformación, para lograr muchos de los adeptos que llevaron al  ligero ´triunfo´  del pasado domingo.

Es un ligero triunfo, incluso si hubiera sido a la inversa, pues realmente estamos hablando de una quinta parte del censo electoral que apoyaron el Sí, y otro tanto el No. Es cierto que por reglas de mayoría hablamos de un triunfo, pero uno al que debemos agregarle el interrogante sobre no solamente la fractura nacional, sino el que un  poco más del 60% decidieron no participar del proceso, bien por apatía, ya sea desinformación, o simplemente la desconfianza y desesperanza heredada, que en cualquier caso debe ser un motivo de preocupación.

Ahora bien, es posible que en realidad nos enfrentemos en este momento a una posibilidad de construir mayor consenso sobre los acuerdos, incluir las voces de otras fuerzas sociales e incluso de voces regionales, y lo cierto es que tal vez nos podamos aproximar incluso a una sociedad civil que presione por sostener el esfuerzo que con gallardía los equipos negociadores llevaron durante estos años y que las cifras sobre el conflicto lo demuestran. Tenemos la oportunidad de aprender de la lección de la grandeza de la población de Bojayá y Jambaló, así como trabajar más por zonas como Norte de Santander para una pedagogía de reconciliación. Quiero creer que esta es la oportunidad que se nos acaba de abrir.

Lamentablemente me resulta difícil, especialmente cuando hacemos recuento de los argumentos de quienes lideraron el No, quienes se basaron en exasperar emociones como el temor, el rencor, el odio; se basaron en mentiras, falacias y argumentos del hombre de paja, como afirmar que las tierras serían entregadas a la guerrilla, o que se sustituiría el orden constitucional, lo cual se desvirtúa con el acogimiento al fallo de la Corte Constitucional; incluyeron en las discusiones temas de familia y género que no tenían lugar en el debate, especialmente porque en el acuerdo nada se sustituía a la familia; han reconocido que no tiene propuestas claras para renegociar, y lo poco propuesta o es igual a lo acordado, o incluso llega a desmejorar lo contenido, como por ejemplo en el tema de amnistía a guerrilleros que no hubieran cometido delitos de lesa humanidad o graves, lo cual se encuentra en el punto 40, página 136 del acuerdo, pero que además se acompañaba de las condiciones para garantizar el equilibrio de la ecuación entre justicia, verdad y reparación, las penas alternativas y las medidas de restricción de la libertad y todo un modelo y programa basado en justicia restaurativa y que además garantizaba la sostenibilidad de quienes dejaban las armas en la vida civil como mecanismo que desincentivara la reincidencia.

Esto solamente me pone en el dilema sobre el querer creer, y la evidencia que me muestra la existencia de intenciones de revanchismo, ambición de poder, y desprecio por las víctimas.

Es un atributo asociado a la racionalidad humana aprovechar las adversidades o tiempos de crisis y transformarlos en oportunidades. Quiero creer que esta es uno de esos momentos históricos en los que podremos levantar la frente como humanidad. Quiero creer.  

domingo, 27 de diciembre de 2015

La trata de personas, más allá de lo penal

Hace un poco más de una semana El Espectador publicaba una nota titulada “El drama de las colombianas traficadas en China”, en el cual se narraba la tragedia que habían vivido cerca de decenas de mujeres que habían sido llevadas a China para ser sometidas a la explotación sexual, pero que su drama no terminaba allí, pues además del desgastante procedimiento penal para quien ha sufrido un injusto, describía lo que a ellas les ha tocado enfrentar por la estigmatización proveniente  de abogados y funcionarios.

De acuerdo con el texto, en las audiencias las víctimas fueron desacreditadas por el consentimiento y conocimiento que tenían respeto al oficio que ejercería en China el cual era la prostitución. Es posible que eso sea cierto, pero lo preocupante es que pareciera que los funcionarios señalados de esas afirmaciones desconocieran el delito de trata de personas consagrado en el artículo 188-A del Código Penal que establece que el consentimiento dado por la víctima no exonerará de responsabilidad penal al tratante.

Lamentablemente ese panorama no es exclusivo de Colombia. Las víctimas de trata de personas en todas las modalidades deben enfrentar procedimientos administrativos y judiciales que resultan a veces desgastantes, pero adicionalmente deben enfrentar estigmas y prejuicios, especialmente quienes han sido explotados sexualmente,  y que probablemente ofrecieran el consentimiento para el ejercicio de determinadas prácticas sexuales o laborales que terminarían en un escenario de explotación.
En este relato coinciden aspectos que aparecen en muchos otros relatos sobre víctimas de trata de personas que existen en el mundo entero. Además del modus operandi de las organizaciones dedicadas al crimen trasnacional, como la distribución del trabajo, la vinculación de actores especializados como agencias de viajes, y tal vez casos de corrupción que involucran a funcionarios de migración, esta historia nos refleja dos aspectos de la trata de personas que requieren de la acción de los Estados para combatirla: la vulnerabilidad y la estigmatización.

Los informes sobre trata de personas y migración han demostrado que las principales causas para decidir huir de un país de origen radican en factores como problemas de inserción laboral, discriminación sexual, desigualdad salarial, falta de oportunidades educativas y conflictos armados, entre otros, generando escenarios propicios para las redes que se dedican y especializan en el tráfico humano y la explotación de la trata de personas.

En ese sentido, serán las necesidades imperiosas de huir de contextos de vulnerabilidad lo que aprovecharán las redes dedicadas a las trata de personas, y que aunque puedan acudir a engaños u ofertas fraudulentas, a veces de manera descarada ofrecen el infierno sin que la víctima tenga otra alternativa que aceptar, incluso a riesgo de llegar a un entorno inseguro y en condición de irregularidad migratoria.

La estigmatización de quien ha sido explotado por parte de la sociedad y de algunas autoridades para quienes priman los prejuicios antes que los mandatos legales, causa mayores obstáculos al momento de acudir a la justicia o los servicios administrativos.

En reiterados textos se ha documentado sobre la violencia que ejercen autoridades del orden en países en donde víctimas de trata de personas u objetos del tráfico de migrantes han sido encontrados.
En informes de la CIDH sobre las barreras de acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencias en las Américas, una de las barreras identificadas son los estereotipos que existen en los funcionarios que les impiden abordar adecuadamente a la víctima y evitar su revictimización.

Mujeres señaladas por ejercer la prostitución, hombres gais excluidos de los servicios judiciales “por ser hombres” (como si la trata de personas solamente afectara a mujeres), son algunos de los casos que se han reportado en documentos de seguimiento a los Estados en materia de trata y tráfico de personas.

Los retos para los gobiernos no solamente radican en la adecuación del tipo penal conforme al Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, también requiere de combatir las condiciones de vulnerabilidad en las que viven miles de personas en países de la periferia que las lleva a buscar el centro así sea en manos de explotadores, y en derrumbar a nivel social e institucional las barreras causadas por la estigmatización, para garantizar una lucha efectiva contra el crimen organizado y garantizar una respuesta institucional adecuada a las necesidades de quienes llevan las huellas de la explotación.

miércoles, 30 de julio de 2014

LA TRATA DE PERSONAS EN COLOMBIA. Víctimas, justicia y voluntad política.

"El 30 de julio de cada año debe ser una oportunidad para visibilizar, pero todo el año se debe empoderar el tema en busca de un eco en quienes toman decisiones, para lograr prevenir, reprimir y reparar. Esa es la mejor forma de conmemorar a las víctimas de la esclavitud del siglo XXI."


El  30 de julio de 2014 es el primer día mundial contra el delito de Trata de Personas declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante Resolución 68/192 de 2013. En la Resolución  la Asamblea reitera la necesidad de incrementar los esfuerzos para combatir este delito con un enfoque de derechos humanos, precisando que continúa siendo uno de los problemas más preocupantes de la comunidad internacional y que requiere de medidas articuladas de prevención, persecución y sanción.

En efecto, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – UNODC, ha llamado la atención del mundo y los Estados partes del Protocolo de Palermo (Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, principalmente en mujeres y niños) en la necesidad de combatir este delito que constituye la esclavitud del siglo XXI por la anulación de la libertad, la autonomía y la dignidad de sus víctimas, y que ocupa el tercer puesto en los negocios ilícitos más rentables del crimen organizado después del tráfico de estupefacientes y el de armas.

UNODC ha estimado que el mercado ilícito detrás de este delito genera un ingreso de 32.000 millones de dólares anuales, y alrededor de 600.000 a 800.000 personas son trasladadas por redes criminales para ser sometidas a la trata de personas cada año. De estas, 140.000 llegan a Europa para ser explotadas sexualmente, y el 13% provienen de América del Sur, mientras 2.4 millones de personas son víctimas de trabajos forzados. Las aterradoras cifras se agravan si se tiene en cuenta que detrás de cada víctima reportada, hay 20 en silencio que siguen en las sombras del crimen.

Desde el año 2002 Colombia  hace parte del Protocolo de Palermo, ratificado mediante la ley 747 de ese año, y posteriormente con la ley 985 de 2005 se adoptaron los estándares mínimos contenidos en este instrumento internacional, incluyendo la creación de los comités interinstitucionales, departamentales y municipales, y la adaptación del tipo penal de Trata de Personas conforme a las modalidades y finalidades contenidas en Protocolo. Con el apoyo de UNODC, el Estado colombiano ha intentado cumplir con estas obligaciones mínimas en la lucha contra la Trata de Personas, pero que no han sido suficientes para enfrentar la criminalidad y atender a las víctimas que deja año tras año este delito.

El 20 de junio de este año, el Departamento de Estado de Estados Unidos publicó el informe  anual de Trata de Personas – 2014, en el que por primera vez Colombia baja de categoría por considerar que aunque hay avances en la materia, el Gobierno no ha cumplido con las normas mínimas en la lucha contra este delito, existen falencias en las acciones adelantadas por funcionarios e instituciones como falta de articulación y coordinación entre estos, y  hay una  determinante falta de recursos para atender a las víctimas y cumplir con la reparación integral propia de los derechos humanos.

Por otro lado, existen informes que han demostrado debilidades por parte de funcionarios judiciales  por el  desconocimiento del tipo penal de Trata de Personas que llevan a errores de concurso, subsunción, adecuación de la conducta al tipo correcto, y que se evidencian en sentencias absolutorias o errores de programa metodológico.

La cooperación internacional y el Gobierno colombiano han articulado esfuerzos, no solamente para la armonización normativa, sino para el fortalecimiento institucional, el entrenamiento especializado y la construcción de sinergias con la sociedad civil y al interior del Estado, pero  la gravedad y dimensiones de este delito demandan mayores acciones y compromisos, especialmente en lo local.

Los 32 Departamentos en Colombia cuentan cada uno  con el comité departamental de lucha contra la Trata de Personas, pero no todos tienen un reglamento, una ruta, ni un directorio. Los municipios son muy pocos los que cuentan con este comité, y en ambos casos la falta de recursos dificulta el trabajo en prevención y asistencia a víctimas, así como el fortalecimiento de la justicia para la persecución del delito.

En un informe de la Personería Municipal de Cali sobre las Barreras de Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de las Violencia en ese municipio, los problemas de capacidad instalada en las entidades que conforman el comité municipal, la falta de presupuesto asignado a las dependencias, además de la debilidad del enfoque de género y garantía de derechos humanos, son evidenciadas como obstáculos en la lucha contra la Trata de Personas en este municipio, capital de uno de los mayores Departamentos expulsores de víctimas del país, que no debe ser distinta a la de otros municipios, especialmente de categorías 3, 4 y 5.

Recientemente el Gobierno Nacional promulgó el Decreto de Asistencia a Víctimas de Trata de Personas (1069 de 2014), con el cual se subsana una de las debilidades señaladas por el Departamento de Estado de Estados Unidos en el referido informe. Este Decreto contiene las obligaciones y responsables para la asistencia y atención a las víctimas de este delito, así como las funciones específicas para los comités departamentales y municipales, las cuales no podrán cumplirse si no existe efectivamente un compromiso y una voluntad política de los gobiernos locales de dotar de herramientas presupuestales y técnicas que permitan empoderar el tema y darle un tratamiento adecuado.

El Estado colombiano no solamente es el gobierno central. El territorio tiene una gran responsabilidad en el cumplimiento de las funciones esenciales y obligaciones del Estado, que debe empezar con la voluntad política traducida en asignación de recursos y fortalecimiento del personal con capacidad instalada en cada dependencia.

La cooperación internacional puede llegar hasta donde la voluntad política de los gobiernos, tanto del orden nacional como locales, se lo permitan para prevenir el delito y fortalecer la justicia.

Cada gobierno debe tomar conciencia del deber de visibilizar, sensibilizar y empoderar el tema de la lucha contra la Trata de Personas, una práctica criminal que destruye vidas, especialmente de niñas, niños y mujeres. El 30 de julio de cada año debe ser una oportunidad para visibilizar, pero todo el año se debe empoderar el tema en busca de un eco en quienes toman decisiones, para lograr prevenir, reprimir y reparar. Esa es la mejor forma de conmemorar a las víctimas de la esclavitud del siglo XXI.