miércoles, 30 de julio de 2014

LA TRATA DE PERSONAS EN COLOMBIA. Víctimas, justicia y voluntad política.

"El 30 de julio de cada año debe ser una oportunidad para visibilizar, pero todo el año se debe empoderar el tema en busca de un eco en quienes toman decisiones, para lograr prevenir, reprimir y reparar. Esa es la mejor forma de conmemorar a las víctimas de la esclavitud del siglo XXI."


El  30 de julio de 2014 es el primer día mundial contra el delito de Trata de Personas declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante Resolución 68/192 de 2013. En la Resolución  la Asamblea reitera la necesidad de incrementar los esfuerzos para combatir este delito con un enfoque de derechos humanos, precisando que continúa siendo uno de los problemas más preocupantes de la comunidad internacional y que requiere de medidas articuladas de prevención, persecución y sanción.

En efecto, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – UNODC, ha llamado la atención del mundo y los Estados partes del Protocolo de Palermo (Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, principalmente en mujeres y niños) en la necesidad de combatir este delito que constituye la esclavitud del siglo XXI por la anulación de la libertad, la autonomía y la dignidad de sus víctimas, y que ocupa el tercer puesto en los negocios ilícitos más rentables del crimen organizado después del tráfico de estupefacientes y el de armas.

UNODC ha estimado que el mercado ilícito detrás de este delito genera un ingreso de 32.000 millones de dólares anuales, y alrededor de 600.000 a 800.000 personas son trasladadas por redes criminales para ser sometidas a la trata de personas cada año. De estas, 140.000 llegan a Europa para ser explotadas sexualmente, y el 13% provienen de América del Sur, mientras 2.4 millones de personas son víctimas de trabajos forzados. Las aterradoras cifras se agravan si se tiene en cuenta que detrás de cada víctima reportada, hay 20 en silencio que siguen en las sombras del crimen.

Desde el año 2002 Colombia  hace parte del Protocolo de Palermo, ratificado mediante la ley 747 de ese año, y posteriormente con la ley 985 de 2005 se adoptaron los estándares mínimos contenidos en este instrumento internacional, incluyendo la creación de los comités interinstitucionales, departamentales y municipales, y la adaptación del tipo penal de Trata de Personas conforme a las modalidades y finalidades contenidas en Protocolo. Con el apoyo de UNODC, el Estado colombiano ha intentado cumplir con estas obligaciones mínimas en la lucha contra la Trata de Personas, pero que no han sido suficientes para enfrentar la criminalidad y atender a las víctimas que deja año tras año este delito.

El 20 de junio de este año, el Departamento de Estado de Estados Unidos publicó el informe  anual de Trata de Personas – 2014, en el que por primera vez Colombia baja de categoría por considerar que aunque hay avances en la materia, el Gobierno no ha cumplido con las normas mínimas en la lucha contra este delito, existen falencias en las acciones adelantadas por funcionarios e instituciones como falta de articulación y coordinación entre estos, y  hay una  determinante falta de recursos para atender a las víctimas y cumplir con la reparación integral propia de los derechos humanos.

Por otro lado, existen informes que han demostrado debilidades por parte de funcionarios judiciales  por el  desconocimiento del tipo penal de Trata de Personas que llevan a errores de concurso, subsunción, adecuación de la conducta al tipo correcto, y que se evidencian en sentencias absolutorias o errores de programa metodológico.

La cooperación internacional y el Gobierno colombiano han articulado esfuerzos, no solamente para la armonización normativa, sino para el fortalecimiento institucional, el entrenamiento especializado y la construcción de sinergias con la sociedad civil y al interior del Estado, pero  la gravedad y dimensiones de este delito demandan mayores acciones y compromisos, especialmente en lo local.

Los 32 Departamentos en Colombia cuentan cada uno  con el comité departamental de lucha contra la Trata de Personas, pero no todos tienen un reglamento, una ruta, ni un directorio. Los municipios son muy pocos los que cuentan con este comité, y en ambos casos la falta de recursos dificulta el trabajo en prevención y asistencia a víctimas, así como el fortalecimiento de la justicia para la persecución del delito.

En un informe de la Personería Municipal de Cali sobre las Barreras de Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de las Violencia en ese municipio, los problemas de capacidad instalada en las entidades que conforman el comité municipal, la falta de presupuesto asignado a las dependencias, además de la debilidad del enfoque de género y garantía de derechos humanos, son evidenciadas como obstáculos en la lucha contra la Trata de Personas en este municipio, capital de uno de los mayores Departamentos expulsores de víctimas del país, que no debe ser distinta a la de otros municipios, especialmente de categorías 3, 4 y 5.

Recientemente el Gobierno Nacional promulgó el Decreto de Asistencia a Víctimas de Trata de Personas (1069 de 2014), con el cual se subsana una de las debilidades señaladas por el Departamento de Estado de Estados Unidos en el referido informe. Este Decreto contiene las obligaciones y responsables para la asistencia y atención a las víctimas de este delito, así como las funciones específicas para los comités departamentales y municipales, las cuales no podrán cumplirse si no existe efectivamente un compromiso y una voluntad política de los gobiernos locales de dotar de herramientas presupuestales y técnicas que permitan empoderar el tema y darle un tratamiento adecuado.

El Estado colombiano no solamente es el gobierno central. El territorio tiene una gran responsabilidad en el cumplimiento de las funciones esenciales y obligaciones del Estado, que debe empezar con la voluntad política traducida en asignación de recursos y fortalecimiento del personal con capacidad instalada en cada dependencia.

La cooperación internacional puede llegar hasta donde la voluntad política de los gobiernos, tanto del orden nacional como locales, se lo permitan para prevenir el delito y fortalecer la justicia.

Cada gobierno debe tomar conciencia del deber de visibilizar, sensibilizar y empoderar el tema de la lucha contra la Trata de Personas, una práctica criminal que destruye vidas, especialmente de niñas, niños y mujeres. El 30 de julio de cada año debe ser una oportunidad para visibilizar, pero todo el año se debe empoderar el tema en busca de un eco en quienes toman decisiones, para lograr prevenir, reprimir y reparar. Esa es la mejor forma de conmemorar a las víctimas de la esclavitud del siglo XXI.