En
medio de la expectativa generada desde tempranas horas del día 23, finalmente
presenciamos al finalizar la tarde la rueda de prensa de los equipos
negociadores del gobierno colombiano y las FARC en la que los representantes de
los países garantes leen los puntos de las bases del acuerdo sobre justicia,
tal vez uno de los más complejos hasta el momento actual de las negociaciones.
Es
necesario recordar que parte de lo acordado el día de ayer ya se encontraba
contenido en el Acto Legislativo 01 de 2012 conocido como “Marco Jurídico para
la Paz”, el cual había sido duramente criticado por el equipo negociador de las
FARC, y quienes habían manifestado abiertamente no estar en disposición de
someterse ante la justicia o ninguna jurisdicción.
En
ese sentido, aceptar la creación de la jurisdicción especial de paz, someterse
a restricciones de libertad y pagar condenas en los términos del mencionado
Acto Legislativo resulta un avance realmente significativo en el proceso de
negociación.
El
logro sustancial está en la creación de las bases de manera acordada para la
justicia transicional basada en un modelo restaurativo que supere el concepción
punitiva y carcelaria, para darle vía a un modelo en el que el delito no es
entendido como un daño individual, sino colectivo y que la reparación no se
reduce a una visión de privación de la libertad, sino a un escenario de reparación
a la comunidad afectada por el delito cometido.
Recibir
los beneficios de la justicia transicional y del modelo restaurativo exigen el
cumplimiento de condiciones descritas en el marco jurídico para la paz y
reiteradas el día de ayer de manera conjunta: satisfacer en el mayor nivel
posible los derechos de las víctimas a la verdad, la reparación y las garantías
de no repetición. No habrá por tanto privación de la libertad, sino restricción
a la libertad y escenarios participativos de reparación y verdad como
alternativas penales.
Sin
precisar sobre las tres tesis sobresalientes en temas de justicia restaurativa
(civilista, comunitarista y del discurso moral), lo cierto que es que la
jurisdicción especial de paz es un mecanismo técnico que pretende conciliar la
necesidad de justicia con la apuesta a la superación del conflicto sin
desconocer los derechos de las víctimas.
Precisamente
el discurso del presidente se centró en las víctimas, reiterando que el proceso
es con ellas, por ellas y para ellas, y prevenir otras más. La intervención de
Rodrigo Londoño Echeverri alías “Timochenco”, demostró un desescalamiento del
lenguaje que hasta el momento había caracterizado sus pronunciamientos, un desescalamiento
que debería tomar como ejemplo cierto sector político, no solamente en
lenguaje, sino en mentiras y afirmaciones delirantes sobre el proceso que están
alejadas de toda realidad.
El
día de ayer asistimos a un escenario que envió un mensaje claro: el proceso
avanza, y no de manera ligera, sino con rigor técnico y con voluntad de las
partes, acompañamiento internacional y académico, y acorde a los estándares
internacionales. Todavía nos falta, y varios puntos del acuerdo de ayer generan
varias dudas sobre la implementación de la jurisdicción, la participación
política, la restricción de libertad y el proceso de dejación de armas, pero en
este proceso que busca acabar más de 50 años de conflicto, el avance es
innegable.
Finalmente
tres temas para precisar:
1. No
habrá entrega de armas. Es claro que lo que para muchos es algo insignificante
entre dejación y entrega, tiene un sentido profundo en una negociación. Las
FARC están negociando la incorporación a la vida civil y política, no una
rendición. Hay que definir cómo será la dejación, y de eso existen experiencias
comparadas exitosas.
2. Nadie negocia para recibir la misma sanción
que si hubiera sido derrotado. No veremos a las FARC papando 60 años de cárcel como
muchos quisieran, sino garantizando mediante otros mecanismos los derechos de
las víctimas de la sociedad colombiana.
3. Esta
jurisdicción especial de paz no solo es para las FARC. Y no se trata de un acto
inconstitucional de humillar a las FFAA. El Acto Legislativo 01 de 2012 en su
artículo 66 contempla la justicia transicional para los distintos grupos
armados al margen de la ley y para los agentes del Estado.
Que
sea pues un motivo de avivar la esperanza, de rodear el proceso y de dar el
debate para que quienes, en su sano derecho de la crítica y escepticismo, desconfían
del avance, y se pueda lograr mayor claridad y no sostener en la confusión que el delirante
discurso uribista quiere mantener.