Mujeres víctimas y
victimarios. Más allá de un simple juego.
Las recientes
declaraciones del señor Andrés Jaramillo, a raíz de los repudiables hechos de
conocimiento público, entre las que cito: "Una niña que llega (al establecimiento)
con un sobretodo y debajo una minifalda, ¿a qué está jugando?, y después para
exculpar pecados diga que la violaron", han generado una serie de
comentarios y reacciones en las redes sociales y medios de comunicación, tanto
en rechazo como en justificación de las mismas, y como defensor de derechos
humanos, me uno a las primeras.
En Colombia la lucha para
prevenir, investigar y sancionar las violencias contra la mujer, mediante la
expedición de herramientas legislativas con el objetivo de enfrentar la
histórica discriminación y actos de vulneración que contra ellas se ha ejercido
dentro de contextos de machismo y estructuras patriarcales es realmente
reciente.
El primer avance en el
tema se presenta con la Ley 51 de 1981, que ratificó la convención para la
Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, pero que no
significó un avance significativo o de fondo, especialmente para sancionar
conductas punibles que violentaran a la mujer, especialmente en materia de
delitos sexuales, pues el Código Penal de 1980 extinguía la acción penal en los
casos de acceso carnal violento siempre que el agresor contrajera matrimonio
con la víctima. Si se mira desde un enfoque de género, la medida constituía una
revictimización de la mujer y evidentemente carecía de cualquier criterio
diferencial para el tratamiento de estos hechos, pues eran considerados delitos
contra el pudor.
Los verdaderos avances se
pueden referir a la ratificación de la Convención para le Eliminación de la
violencia contra la mujer, llamada Convención de Belem Do Pará, adoptada
mediante la ley 248 de 1995, que conlleva entre otras, a la reforma penal de 1997 en materia de
delitos sexuales donde el eje de protección o bien jurídico tutelado sería la
dignidad humana incluyendo un incremento de la pena para estos delitos en un
máximo de 20 años, y además elimina la causal de extinción de la acción penal
mencionada anteriormente. Desafortunadamente las penas son rebajadas con la ley
599 de 2000.
En el año 2008 se expide
la ley 1257 con un contenido dirigido a crear responsabilidades tripartitas
entre la familia, el Estado y la sociedad, y un trabajo interinstitucional
entre las entidades estatales que deban responder ante los casos de mujeres
violentadas, en cualquiera de sus formas, de forma que se garantice la
prevención, la investigación y sanción, y el restablecimiento de los derechos
de las mujeres.
A pesar de estos avances
o esfuerzos legislativos, la respuesta estatal todavía es débil frente a los
casos de violencias contra la mujer. Las entidades carecen de capacidad
estructural y algunos funcionarios, encargados de la atención de víctimas,
siguen sin una perspectiva de género o enfoque diferencial. He conocido casos
donde las autoridades han devuelto a la mujer denunciante para “que se arregle
con su pareja”, es decir, lo perdone y siga recibiendo golpes.
De igual forma, casos
presentados donde las autoridades, ante casos de violación o delitos sexuales,
pretenden reprender a la víctima con frases como “de esto que aprendió?”,
volviendo a la revictimización y reforzando el estereotipo de “algo habrá
hecho” o “ella se lo buscó” impiden realmente la efectividad y operatividad de
leyes como la 1257.
Pero si se mira, tal vez
con hilo delgado, total es un blog personal, el Estado y sus funcionarios
resultan un reflejo de la sociedad y sus visiones. Un funcionario que rinda
este tipo de respuestas, es un ciudadano que piensa igual, es decir, la
sociedad sigue justificando las violencias sexuales y de cualquier tipo contra
las mujeres.
Un ejemplo de esto es
precisamente la afirmación citada del señor Jaramillo, en la que de cierta
forma responsabiliza a la mujer por ser
víctima de violencia sexual debido a su
forma de vestir, o por su permanencia en una discoteca, sin reprochar realmente
a su victimario.
La libertad, para ambos
géneros, implica que la mujer no sea sancionada ni violentada por las
decisiones que libremente ha elegido, incluso el qué ropa usar. Salvo visiones
patriarcales y machistas que someten y cosifican a la mujer, nadie podría
avalar ese tipo de afirmaciones, desafortunadas ante todo, pues se reprocha a
la mujer ser víctima, cuando la sociedad es quien la ha victimizado.
Señor Andrés Jaramillo,
la mujer víctima de delitos sexuales no es la responsable, pues es la víctima,
no está jugando. Quien es el responsable es el victimario, y no sólo el, sino
una sociedad complaciente que justifique al victimario. Esta sociedad, señor
Jaramillo, también es un victimario. La pregunta sería, esta sociedad ¿a qué está jugando?
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